Regularización de bienes:
Constitución de sociedades civiles
Es un contrato mediante el cual dos o más personas se obligan a combinar sus recursos, sus esfuerzos, de manera que no sea meramente transitoria, para la realización de un fin común, lícito y posible, de carácter preponderantemente económico.
Constitución de asociaciones civiles
Es un contrato mediante el cual dos o más personas reúnen sus esfuerzos y sus recursos, de manera no transitoria, para la consecución de un fin común, lícito, posible y que no tenga carácter preponderantemente económico.
Son aquellos actos en que, por disposición de la ley o por solicitud de los interesados, se requiere la intervención del juez, sin que esté promovida ni se promueva cuestión alguna entre partes determinadas. Ejemplo apeo y deslinde.